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domingo, 23 de maio de 2010

Reglas de Obligación segun Hart

De acuerdo con Hart, el rasgo distintivo de la moral y del derecho es su carácter obligatorio. Aunque moral y derecho difieren entre sí en formas aún por estudiar, ambos se distinguen conjuntamente del amplio muestrario de esferas de la conducta social gobernadas por otros tipos de reglas, como por ejemplo las reglas de los juegos, da la etiqueta, la gramática o las buenas costumbres, precisamente por este sentido de obligatoriedad. El derecho y la moral tienen la característica especial de que son fuente de obligaciones, e impiden que algunas conductas tengan carácter optativo. (Cabría preguntarse si la explicación de Hart también incluiria a la religión y a las costumbres, habida cuenta de que normalmente pensamos que éstas origina obriglaciones religiosas u obligaciones sociales). La respuesta es que tanto los códigos religiosos de conducta como las costumbres sociales son supuestos de lo que él llama moral positiva.(H. L. A. Hart. Neil Maccormick in traducción y estudio preliminar de Juan Manuel Pérez Bermejo. Madrid: Marcial Pons, 2.010, p. 136)

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